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DESARROLLO SOCIAL
MEDIO AMBIENTE
PASOS Y PEDALES
CENTRO HISTÓRICO
DECRETO 132-96
ACUERDO GUBERNATIVO 273-98
Decreto Número 132-96
Sobre el Decreto
Título I
Disposiciones generales
Título II
De la autoridad de Tránsito
Título III
Del tránsito de personas
Título IV
De los conductores y de la licencia de conducir
Título V
De los vehículos
Título VI
Vía pública
Título VII
Del seguro
Título VIII
Infracciones y sanciones
Título IX
Régimen financiero
Título X
Educación vial
Título XI
Disposiciones finales
Acuerdo Gubernativo 273-98
Sobre el Acuerdo Gubernativo
Titulo I
Disposiciones generales
Capítulo I
Autoridad de Tránsito
Capítulo II
Objetivo y deficiones del reglamento
Título II
Vehículos
Capítulo I
Clasificación de los vehículos
Capítulo II
Autorizaciones para circular
Capítulo III
Y otras especificaciones técnicas
Título III
Licencias
Capítulo I
Clasificación
Capítulo II
Obtención de licencia de conducir
Capítulo III
Permiso temporal de aprendizaje de conducción
Título IV
Normas de comportamiento en la circulación
Capítulo I
Normas generales
Capítulo II
Medio ambiente
Capítulo III
Transporte de pasajeros y de la carga
Capítulo IV
Conducción de animales en la vía pública
Capítulo V
Peatones
Capítulo VI
Ciclistas
Capítulo VII
Transporte colectivo
Capítulo VIII
Transporte
de carga
Capítulo IX
Señalización
Capítulo X
Puertas y apagado del motor
Capítulo XI
Cinturones, cascos y otros elementos de seguridad
Capítulo XII
Comportamiento en accidentes y emergencias
Título V
Circulación de vehículos
Capítulo I
Utilización de calzadas y carriles
Capítulo II
Velocidad
Capítulo III
Prioridad de paso
Capítulo IV
Incorporación a la circulación
Capítulo V
Cambios de dirección
Capítulo VI
Adelantar o rebasar
Capítulo VII
Parada y estacionamiento
Capítulo VIII
Cruce de ferrocarril
Capítulo IX
Utilización de las luces
Capítulo X
Advertencia de las maniobras del conductor
Capítulo XI
Retención y consignación del conductor, vehículo, licencia de conducir y tarjeta de circulación
Título VI
Infracciones y sanciones
Capítulo
Único
¡No olvide!
Los peatones tiene el derecho de vía cuando cruzan la calle, especialmente cuando la luz verde está a su favor.
Aplique marcha lenta y deje que pasen los de a pié.
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