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DECRETO 132-96
ACUERDO GUBERNATIVO 273-98
 
 
 

Decreto Número 132-96

  Sobre el Decreto
Título I

Disposiciones generales

Título II De la autoridad de Tránsito
Título III Del tránsito de personas
Título IV De los conductores y de la licencia de conducir
Título V De los vehículos
Título VI Vía pública
Título VII

Del seguro

Título VIII Infracciones y sanciones
Título IX Régimen financiero
Título X Educación vial
Título XI Disposiciones finales
   
Acuerdo Gubernativo 273-98
  Sobre el Acuerdo Gubernativo
Titulo I Disposiciones generales
Capítulo I Autoridad de Tránsito
Capítulo II Objetivo y deficiones del reglamento
   
Título II Vehículos
Capítulo I Clasificación de los vehículos
Capítulo II Autorizaciones para circular
Capítulo III Y otras especificaciones técnicas
   
Título III Licencias
Capítulo I Clasificación
Capítulo II Obtención de licencia de conducir
Capítulo III Permiso temporal de aprendizaje de conducción
   
Título IV Normas de comportamiento en la circulación
Capítulo I Normas generales
Capítulo II Medio ambiente
Capítulo III Transporte de pasajeros y de la carga
Capítulo IV Conducción de animales en la vía pública
Capítulo V Peatones
Capítulo VI Ciclistas
Capítulo VII Transporte colectivo
Capítulo VIII Transporte de carga
Capítulo IX Señalización
Capítulo X Puertas y apagado del motor
Capítulo XI Cinturones, cascos y otros elementos de seguridad
Capítulo XII Comportamiento en accidentes y emergencias
   
Título V Circulación de vehículos
Capítulo I Utilización de calzadas y carriles
Capítulo II Velocidad
Capítulo III Prioridad de paso
Capítulo IV Incorporación a la circulación
Capítulo V Cambios de dirección
Capítulo VI Adelantar o rebasar
Capítulo VII Parada y estacionamiento
Capítulo VIII Cruce de ferrocarril
Capítulo IX Utilización de las luces
Capítulo X Advertencia de las maniobras del conductor
Capítulo XI Retención y consignación del conductor, vehículo, licencia de conducir y tarjeta de circulación
   
Título VI Infracciones y sanciones
Capítulo Único
 
 
 
¡No olvide!
Los peatones tiene el derecho de vía cuando cruzan la calle, especialmente cuando la luz verde está a su favor.

Aplique marcha lenta y deje que pasen los de a pié.
 
 
 
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